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Asociación de Amigos del Patrimonio Cultural de León

Día 24 de junio de 2016

La ditutación rechaza una solicitud de Promonumenta para que la restauración de inmuebles particulares de interés etnográfico pueda ser subvencionada

Ermita en Robledo de Omaña, cuyo propietario desea restaurar, pero carece de recursos.

Texto y foto: David Gustavo López Mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2015, PROMONUMENTA solicitó al Presidente de la Diputación Provincial de León la recuperación de una línea de subvenciones, suprimida hace unos años,  destinada a la restauración de bienes inmuebles de propiedad particular que tuviesen interés cultural, bien fuese por su valor arquitectónico o por su interés histórico y etnográfico. Se argumentaba el efecto negativo que esta supresión está teniendo en la conservación de los pequeños bienes patrimoniales distribuidos por toda la provincia y que se hallan en manos particulares: viviendas rurales, pajares, escudos heráldicos, hórreos, molinos, etc. Se solicitaba también la inclusión de bienes particulares (no de la Iglesia) de carácter religioso, tales como ermitas, pues son muchas las existentes que están precisando alguna intervención. Sin respuesta alguna al escrito citado, la Diputación ha publicado con fecha 14 de abril de 2016 las bases de una convocatoria de subvenciones para este año en las que no se han tenido en cuenta ninguna de las cosas solicitadas por PROMONUMENTA. He aquí el texto del Objeto y Finalidad de la citada concocatoria: «La presente convocatoria se realiza al amparo de lo establecido en el art. 17.2 de la Ley General de Subvenciones y de la Ordenanza General de Subvenciones, aprobada por el Pleno de la Diputación el día 11 de septiembre de 2009 (BOP nº 202/ 2009, de 26 de octubre de 2009), y tiene por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de obras de recuperación de edificios singulares de patrimonio civil cuya titularidad corresponda a los ayuntamientos que presenten características propias de la arquitectura tradicional de la provincia y pequeñas construcciones, tales como puentes, casas y otras modestas construcciones como molinos, lavaderos, hornos, lagares, fuentes, pozos, cruces, etc. Los ayuntamientos podrán destinar […]

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